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De la diferencia y la similitud entre un abogado nobel y un novel abogado

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El concepto “jóvenes abogados” está de moda de un tiempo a esta parte, como en general “está de moda” todo lo que tenga que ver con “los jóvenes” y “las juventudes”. Se crean asociaciones, confederaciones, comisiones y todo tipo de grupos que buscan capitalizar la representación de un sector difuso y vulnerable, que es el de los profesionales que salen de la universidad pero todavía no tienen trabajos estables ni han logrado un piso mínimo de capacitación que les permita moverse con independencia económica en el mercado.

Lo cierto es que los "viejos" abogados buscan con ahínco el voto de los "jóvenes”, y por eso en épocas electorales no se les caen de la boca las promesas que apuntan a mejorar la situación de quienes recién ingresan al mundo profesional. Como se cansan de repetir la palabra “jóvenes”, que es la que trasmite más energía y frescura, necesitan un sinónimo “más formal” para colocar en las plataformas y discursos.

Para ello los viejos abogados acuden al vocablo “noveles”. Lo curioso es que el 99,99% de las veces que lo pronuncian o lo escriben, lo hacen mal. Novel es palabra aguda y por lo tanto se pronuncia acentuando la “e”. Y por supuesto el plural “noveles”, no es palabra esdrújula, por mucho que se pretenda ponerle tilde. Lo cual es una lástima porque las esdrújulas quedan bárbaras en los discursos.

¿Y qué pasa con los abogados nobeles? La verdad es que no son tantos como para preocuparnos de que un día se junten al menos dos abogados que hayan ganado el premio Nobel, y tengamos que referirnos a ellos en conjunto... pero según los eruditos de la RAE, la palabra nobel se pronuncia igual que novel. E incluso si queremos pronunciarlo en sueco, la sílaba tónica es la última de la palabra.

Entonces...

Similitud: a. Novel y nobel se pronuncian con acento en la “e”. b. Los plurales acentúan la penúltima sílaba. c. Casi nadie pronuncia estas palabras correctamente así que mejor evitarlas...

Diferencia: Un novel es alguien que está empezando en una determinada actividad. Un nobel es una persona a la que destacaron con un premio Nobel por su desempeño incomparable en alguna de las cinco categorías originales (Física, Química, Fisiología o Medicina, Literatura y Paz) + Economía (qué raro los contadores invadiendo competencias).

No podría cerrar esta publicación sin aludir al colega Carlos Saavedra Lamas, el biznieto de don Cornelio. Fue el primer argentino en ganar el Nobel, el primer latinoamericano en categoría Nobel de la Paz, y quizá el único “realmente” abogado en quedarse con el galardón. Porque convengamos que Obama será graduado en derecho, pero de abogado tiene muy poco... (y de premio Nobel de la Paz menos...)

A quien le interese más sobre la pronunciación de las palabras o sobre la historia de abogados nobeles puede bucear en:






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Resultado de las últimas elecciones del Consejo de la Magistratura de la Nación (estamento abogados del interior)

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Piedecasas: 8135
Grau: 6978
Alvarado Velloso: 3662
Andreucci: 2680
Aguiar: 261

Impugnados 22 / Recurridos 8 / Nulos 26 / Blancos 56 / Total 21828

En Córdoba...

Piedecasas: 896
Grau: 288
Alvarado Velloso: 341
Andreucci: 126
Aguiar: 22

Impugnados 2 / Recurridos 3 / Nulos 1 / Blancos 10 / Total 1689

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Obligaciones de los abogados: aportes a la Caja de Abogados, al Colegio y a la AFIP

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IMPORTANTE: En la presente publicación se describirá el conjunto de obligaciones que debe asumir un abogado matriculado que ejerza de manera independiente en la provincia de  Córdoba. Debido a que la economía argentina se caracteriza por una dramática y permanente inflación, los montos expresados deben ser considerados siempre en relación a la fecha de la última actualización, que corresponde al 10 de febrero de 2015.

Un tema recurrente de los abogados que recién se matriculan, es la cuestión de los aportes obligatorios que debemos asumir los profesionales por el ejercicio de nuestra actividad, por naturaleza independiente, pero no exenta de cargas en relación con tres instituciones:

- La Caja de Abogados
- El Colegio de Abogados
- La A.F.I.P. (Administración Federal de Ingresos Públicos)

Tanto la deuda que vamos generando con la Caja como con el Colegio es posible “trasladarla” al cliente cuando nos abonan los gastos de iniciación de un juicio, pero debemos recordar siempre que los obligados al pago de dichas deudas somos LOS ABOGADOS. Distinto es el caso de la tasa de justicia, que es un TRIBUTO, y por lo tanto los obligados al pago serán los litigantes. A efectos de una comprensión más didáctica de las cuestiones a tratar, se presentarán los puntos en formato de tutorial de preguntas y respuestas, agradeciendo desde ya toda colaboración o crítica que pudieren efectuar los colegas.


SECCIÓN I: Gastos de justicia

1) ¿Qué son los gastos de justicia?
Los gastos de justicia son aquellos aportes que debe abonar quien desee iniciar un proceso judicial, y que de no hacerlo no se dará curso a la demanda. Se generan inmediatamente es ingresada la demanda (conforme a los montos denunciados en la planilla de ingreso) y normalmente son:
- el Colegio de Abogados: $ 200 por abogado que intervenga en el juicio

2) ¿Cómo pago estos aportes y quién los paga?
Cuando se ingresa una demanda, automáticamente se genera en sistema la tasa de justicia (en base al monto denunciado en la planilla de ingreso). La boleta se genera en http://www.justiciacordoba.gob.ar/tasajusticia/Comprobantes/_Comprobantes_Jurisdiccional.aspx y debemos introducir también los importes correspondientes a Caja y Colegio.
Normalmente los abogados pedimos previamente el dinero a nuestros clientes y luego los abonamos. Se pueden pagar SÓLO en las sucursales del Banco de Córdoba, que tiene el monopolio de esta facturación.


SECCIÓN II: Colegio de Abogados

1) ¿Cuánto debo pagar anualmente al Colegio?
El primer año de ejercicio profesional estamos exentos de pagar aportes al Colegio, luego los abogados debemos pagar UN MÍNIMO de:
- 3 aportes entre el primer y quinto año de ejercicio
- 6 aportes entre el quinto y el décimo año de ejercicio
- 9 aportes entre el undécimo y el decimoquinto año de ejercicio
- 12 aportes entre el decimosexto y vigésimo año de ejercicio
- 9 aportes desde el vigésimo primer año de ejercicio en adelante

A LA FECHA cada aporte es de $ 200 para TODA LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (por acuerdo de los once colegios de las diez circunscripciones, nucleados en la FeCACor –no tiene sitio web-).

2) ¿Cómo se pagan los aportes?
Normalmente estos aportes lo “trasladamos” al cliente ya que se lo incluimos dentro de los gastos de justicia. En caso de que por falta de juicios no lleguemos a cubrir los mínimos conforme a nuestra antigüedad, deberemos pagarlos de nuestro bolsillo...


SECCIÓN III: AFIP

1) ¿Cuánto debo pagar a la A.F.I.P.?
El pago más común entre los jóvenes abogados es de $ 39 por mes, en la categoría más baja. A partir del mes de marzo será obligatoria la registración de los factureros, lo que debemos hacer POR SISTEMA.


2) ¿Por qué debo inscribirme?
Porque “PREVIO a resolver sobre las regulaciones y conjuntamente con el decreto de autos, los Tribunales emplazarán a los letrados y peritos judiciales intervinientes para que en el término de tres (3) días manifiesten su condición ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)” (art. 27 de la ley 9459, Código Arancelario). Además cuando cerramos algún caso con las compañías de seguros, normalmente nos piden que les adelantemos el recibo de honorarios, el cual para encargar su impresión requirió la previa inscripción impositiva.


SECCIÓN IV: Caja de Abogados

1) ¿Qué debe pagar un abogado en concepto de Caja?
La Caja de los Abogados es nuestro sistema previsional regulado por la ley 8404 que se estructura en base a dos tipos de aportes OBLIGATORIOS que deben hacer los afiliados: 1) la cuota mensual y 2) el aporte anual por juicios.

2) ¿Cuánto debo pagar por la cuota mensual?
La cuota mensual es de $ 455 (art. 17 inc. establece el %7 de $ 6500). Y se paga TODOS LOS MESES en LA CAJA (27 de Abril 842). Se puede pagar en efectivo, con débito o adherir a las tarjetas de crédito. Lamentablemente no tienen sistema de pago online. El total de las doce cuotas mensuales sería de $ 5460.

3) ¿Cuánto debo pagar por el aporte por juicios?
Según el art. 18, en UN AÑO CALENDARIO debemos cubrir el importe de UN MES de jubilación, hoy $ 6500.
Entonces entre todos los juicios que vayamos ingresando debemos llegar a este piso. Si no lo cubrimos, deberemos pagarlo DE NUESTRO BOLSILLO. Si nos excedemos, NO QUEDA A CUENTA del próximo año, pero puede darnos algún beneficio (ver “consejos para mejorar la jubilación”)
Estos importes normalmente “se trasladan” a los clientes (ver explicación más arriba) y se van pagando a medida que ingresamos los juicios y generamos las boletas. Se abonan como dijimos antes, en las sucursales del Banco de Córdoba.

Los importes concretos que debemos pagar por cada juicio están detallados en la ley y resumidos en esta tabla. La ley de la Caja remite al Código Arancelario para saber cómo cuantificar la base económica de los juicios. Por ello a veces encontramos diferencias en relación al importe de la Tasa de Justicia, que se cuantifica en base a la ley impositiva. Como ejemplo podemos tomar el juicio de desalojo, cuya base para la tasa es “el precio del alquiler de los últimos seis meses” y para la Caja “el precio de la totalidad del plazo del contrato”.

Un dato CURIOSO es que la ley en su art. 17 establece que los aportes serán del 1% del monto de la demanda. Pero en la tabla claramente se aprecia que actualmente es del 2%. Supongo que en la Asamblea de la Caja del 07/12/95 se elevó al porcentaje actual. Dicha asamblea parece que es “ratificada anualmente”, pero al menos a la fecha no he podido dar con el texto del acta de la misma. Se agradece a quien pudiera aportarla y/o explicar este punto.

4) ¿Cuánto es el pago total ANUAL de la Caja? ¿Cómo funciona el descuento para los jóvenes abogados?
Si combinamos lo descripto en los dos puntos anteriores, el total anual que debemos abonar a la Caja para “estar al día” (lo que significa poder votar y gozar de los beneficios) son $ 5460 + $ 6500 = $ 11960.
Pero ocurre que hasta el 6º año de antigüedad (contado desde el año calendario posterior a la obtención del título), no pagamos el 100% de ese aporte, sino montos inferiores que están detallados en una escala (ver artículo 18):
Hasta el 2º año, se paga el 20% (Ej. cuota $ 91, aporte anual $ 1300)
Hasta el 4º año, se paga el 50%
Hasta el 6º año, se paga el 80%
Y cuando cumplimos los 7 añitos, dejamos de ser “jóvenes afiliados” y pasamos a abonar el 100% correspondiente.

5) ¿Es nuestra jubilación miserable? ¿Son nuestros aportes demasiado elevados?
Es normal escuchar este tipo de declaraciones. Lo cierto es que, como vimos en los puntos anteriores, los aportes son PROPORCIONALES a la jubilación. Y en general, la parte más pesada, los aportes por juicio, los terminamos trasladando a los clientes (o vencidos en costas). Entonces quien piense que la jubilación es miserable, sepa que una jubilación más elevada implicaría LÓGICAMENTE elevar los aportes mínimos. Personalmente considero que abonar mensualmente el 7% de lo que cobraremos al jubilarnos, no es demasiado elevado. Y que el haber jubilatorio resultante si bien está lejos de cubrir todas las necesidades que podamos tener en la edad madura, es suficiente para NO DEJAR DESAMPARADO al colega que cumplió oportunamente con esa obligación mínima. Se supone que un profesional, considerando la mínima erogación que le implica este gasto, invertirá sus ahorros a lo largo de la carrera de diversas maneras, por ejemplo en inmuebles, para no tener que depender exclusivamente de esta jubilación MÍNIMA Y SOLIDARIA. Además cabe especificar que aquellos que además de ejercer como abogados aporten a otro sistema, podrán obviamente jubilarse de ese otro sistema previsional, por ejemplo docentes, etc.

6) ¿Por qué los abogados suelen quejarse de la Caja?
Normalmente los abogados se quejan de esta institución porque no comprenden la importancia de contar con un sistema PROPIO que asegure UN MÍNIMO DE DIGNIDAD A FUTURO, y las contingencias características de todo sistema previsional. Además muchos colegas se atrasan y generan una deuda que termina convirtiéndose en una bola de nieve. Llegados a ese punto piensan que ya nunca podrán jubilarse y consideran entonces que la Caja sólo les genera “costos” a los justiciables y deuda al profesional. Mi consejo es que PAGUEMOS NUESTRA CAJA y nos mantengamost AL DÍA (así no duele tanto). Es NUESTRO futuro previsional, y aunque seguramente es perfectible, perderlo sería un pésimo negocio. Por supuesto que el sistema es SOLIDARIO, por eso hay abogados que aportan MUCHÍSIMO MÁS DE LO QUE LES CORRESPONDE. En este sentido es triste ver algunos abogados con patrimonios “ilimitados” quejándose del exceso de aportes que suelen generar (claramente hablamos de los aportes por juicios). En definitiva hay quienes tristemente se quejan de tener que contribuir con su éxito al fondo común de aquellos que no pudieron generar tantos casos. Una cuestión básica de redistribución de riquezas que por lo general a los que más tienen les cuesta mucho "entender".

7) ¿Por qué se toma como referencia de antigüedad la fecha de obtención del título universitario y no la de matriculación?
No tengo la menor idea, pero está claro que genera situaciones injustas para quienes se recibieron y no ejercieron. Tampoco pude encontrar publicada la exposición de motivos de la ley en el sitio de la Legislatura de la Provincia de Córdoba. Es un punto a perfeccionar en futuras reformas.

9) ¿Podemos eliminar la Caja?
En julio de 2008 la Legislatura porteña derogó la Caja para los abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA). Esta supresión se logró después de una ardua lucha de los abogados de CABA, que lo trabajaron desde la colegiación. Dicha Caja fue creada en 2003 y ostentaba una serie de defectos que en definitiva la llevaron a su extinción. No obstante para el caso de nuestra Caja considero que sería un despropósito emprender una cruzada semejante, ya que la relación aportes/beneficios es buena en relación a otras cajas de profesionales del país.

10) Algunos consejos para administrar la deuda y mejorar el futuro beneficio...
Como hemos visto, la deuda está determinada en base a un MÍNIMO por año CALENDARIO. Por ello un consejo que puedo ofrecerles es el de mantener un control permanente del porcentaje que van cubriendo de ese mínimo anual. Si para noviembre/diciembre ya cubrieron dicho mínimo, en la medida de lo posible lo ideal sería “patear” los juicios para el próximo año, siempre y cuando no se afecten las necesidades de los justiciables.
Asimismo, si trabajan con socios, es posible consensuar para quién serán los aportes, puede ocurrir que nuestro socio esté "sobrado" en un determinado año y nos “pase” los aportes, o viceversa.

Otro consejo pasa por aprovechar los beneficios estipulados en el título II de la ley (curiosamente la ley publicada en el sitio web de la Caja sólo llega hasta el art. 33, que son todas obligaciones y estructura, y deja de lado el título referido a derechos y prestaciones...) Por ejemplo, en el art. 36, se establece que “el afiliado que continuare en actividad una vez reunidas las condiciones de la jubilación ordinaria, gozará de una bonificación del cinco por ciento  (5%)  del haber jubilatorio vigente, por cada año entero de prosecución en el ejercicio profesional privado.” Asimismo “el haber de jubilación ordinaria que en el cómputo definitivo supere los treinta (30)  años de aportes efectivos a este régimen, se bonificará en  el dos por ciento  (2%)  por cada año de exceso”. Y el más importante “el afiliado que en el promedio de los diez  (10)  mejores años de actividad profesional hubiere duplicado el aporte mínimo anual exigido por el art. 18, gozará de un incremento en su haber jubilatorio del treinta por ciento  (30%)  del monto correspondiente.” Es decir que si diez años (no tienen que ser necesariamente consecutivos) logramos DUPLICAR el mínimo por aportes de juicios, el beneficio tendrá un importante incremento.

11) ¿La Caja tiene obra social?
La Caja cuenta con un “servicio de salud solidario” cuyo monto mensual para un afiliado es A LA FECHA de $ 418.

* Abogado, matriculado en el Colegio de Abogados de Córdoba. Se agradece su difusión citando la fuente y autoría.

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Elecciones del Consejo de la Magistratura de la Nación 2014 por el estamento ABOGADOS DEL INTERIOR DEL PAÍS (Andreucci, Piedecasas, Grau, Alvarado Velloso)

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Una aburrida introducción para entender un poco qué se juega en LA ELECCIÓN MÁS IMPORTANTE PARA LOS ABOGADOS EN NUESTRA CALIDAD DE TALES...

Los abogados somos operadores del derecho, y en nosotros reside un gran poder y su consecuente gran responsabilidad. Los abogados somos quienes estamos en contacto directo con los diversos conflictos sociales, y quienes trabajamos en procura de su resolución, comprometidos con nuestros representados, pero también con una ética que rige nuestras conductas y nos vuelve agentes indispensables para la conquista de derechos frente a los atropellos de los poderes económicos, políticos o de la naturaleza que fueren, y guardianes feroces de las garantías que protegen al ciudadano.

Quizá por reconocer en nosotros estas funciones tan importantes, y posiblemente en la consideración de que nuestra perspectiva es distinta de la de los jueces o la de los representantes de los poderes ejecutivo y legislativo, es que se nos otorgó una participación especial y protagónica en el órgano de selección y remoción de los jueces, incorporado a la Constitución Nacional en 1994: El Consejo de la Magistratura de la Nación. Lamentablemente ninguna de las leyes que en estos veinte años regularon la composición del Consejo, respetó el mandato constitucional previsto en el art. 114, de “respetar el equilibrio entre los representantes de los jueces, de los abogados, y de los órganos derivados de la elección popular (ejecutivo y legislativo)”. Para cualquiera que se precie de entender el castellano, este equilibrio significaría ni más ni menos que igual cantidad de consejeros por cada uno de estos tres estamentos. No obstante las interpretaciones que los legisladores hicieron del 114 fueron absolutamente tendenciosas. Diputados y senadores siempre priorizaron a sus propios representantes por sobre los de los jueces y los abogados. Y a los jueces por sobre los abogados. ¿Y el equilibrio? Bien, gracias. Desde la ley originaria a sus reformas, siempre se violó el equilibrio, y siempre en perjuicio de nuestro estamento. La última reforma, fue sin dudas la más vergonzosa. Tan patéticamente violatoria del mandato constitucional, que terminó declarada inconstitucional por la Corte Suprema en un tiempo record. En otras oportunidades (y previo al contundente fallo de la Corte) me referí sobre este punto, y a ellas me remito para pasar a lo que importa hoy.

Los abogados, conforme a la ley vigente (inconstitucional pero es lo que hay), contamos con DOS HUMILDES REPRESENTANTES en el Consejo de la Magistratura de la Nación. Uno por los abogados de Capital Federal, y otro por los abogados del interior. (Así es señores, valen lo mismo las 23 provincias que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) (Alberdi revolcándose en su tumba cada vez que afirmamos alegremente que nuestro estado es una federación). A los porteños le dejemos su elección, y nos ocupemos entonces del único lugar político dentro de la estructura constitucional en el cual está llamado a ejercer el REPRESENTANTE DE TODOS LOS ABOGADOS DE LA NACIÓN. Siguiendo esta lógica, no es difícil entender que el ser Consejero de la Magistratura de la Nación es el máximo cargo al que puede aspirar un abogado en representación de sus pares. Además de ser el único cargo destinado ESPECÍFICAMENTE A UN ABOGADO EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, es el único cargo de representación de la abogacía REMUNERADO. Así es, un Consejero gana arriba de setenta y cinco mil pesos, según me contaron. (Se agradece a quien pueda aportarnos información más precisa a este respecto.)

Y entonces, tenemos esta posibilidad, de elegir un REPRESENTANTE. Un abogado que sea NUESTRA VOZ en la estructura orgánica de NUESTRA NACIÓN, ¿y qué hacemos con esta posibilidad? Lamentablemente, muy poco. Pareciera que nos consume la apatía y el desinterés, y la inmensa mayoría de los colegas a lo largo y a lo ancho del  país, NI SIQUIERA VAN A VOTAR. Y ocurre que un Consejero termina ganando una elección por menos votos de los que pueda haber obtenido un presidente de un Colegio de Abogados pequeño. Lo cual habla bastante mal de nuestro compromiso político, y de nuestra gratitud para con aquellos constitucionalistas que reconocieron en la abogacía un estamento digno de protagonismo en la composición del poder que controla a los demás poderes. Triste. Pero reversible.

¿Quiénes tomaron la posta ante el desinterés de la abogacía? Los políticos. Y entonces el Consejo se constituye en un campo de batalla (más) entre los intereses de las diversas facciones de la política partidaria.

Como joven abogado, me siento integrante de una generación de colegas dispuestos a recuperar y/o consolidar espacios propios de los abogados, en procura del enaltecimiento de la dignidad profesional. Y por eso les pido encarecidamente que al menos demostremos que NOS INTERESA SER PARTE del entramado de poderes nacionales. Y que nos interesa desde nuestra perspectiva única e independiente, de ABOGADOS, no de políticos. Luchemos por el espacio que nos corresponde A LOS ABOGADOS. Votemos al representante que sea quien mejor nos represente, valga la redundancia. Huyamos de los acuerdos políticos, los manejos, la falta de transparencia y la falta de comunicación en la toma de decisiones. Capacitémonos para la elección. Suena pomposo pero en la práctica son unos minutos de navegar en Google y luego ir a meter un papelito en el Colegio. Y con ese humilde acto, ya estamos diciendo, “acá estamos, los abogados”. Votemos, aunque sea en blanco, si ningún candidato nos convence. Pero no matemos con la indiferencia el último humilde espacio que los poderes políticos nos reconocieron, y que agazapados esperan la oportunidad de arrebatarnos. Como dijo Zaffaroni en su vergonzoso voto en el fallo “Rizzo”, la política ocupa todos los lugares que puede. Demostremos que este lugar ya está ocupado, por ABOGADOS POLÍTICAMENTE COMPROMETIDOS. Pero antes que con la política partidaria, comprometidos con su profesión y el lugar que ésta ocupa en la política. Posiblemente de acá a unos años me reiré de tanto derroche de idealismo, releyendo esta perorata en defensa del gremio. Pero hoy, aún soy joven, y abogado, y puedo darme el lujo de ser idealista…

A los bifes:

- ¿Qué se vota?
Se vota el representante de los abogados “del interior” (es decir de quienes no vivimos en CABA) para el Consejo de la Magistratura de la Nación.

-¿Cuándo y dónde se vota?
El 26 de septiembre de 8 a 18 hs., en tu Colegio de Abogados (o sea hay 80 urnas). Si sos matriculado del Colegio de Abogados de Córdoba, votás en Duarte Quirós 571. LLEVAR DNI (no basta la credencial).

¿Quiénes votan?
TODOS LOS ABOGADOS CON MATRÍCULA FEDERAL.

-¿Qué hace el Consejo?
Art. 114 de la CN. Es el órgano de selección y remoción de jueces federales.

-¿Quiénes son los candidatos?

LISTA 1: "ABOGACÍA FEDERAL INDEPENDIENTE"
Titular: Dr. ANDREUCCI, Carlos Alberto (apoderado)
Suplente: Dr. CAMPOS, Luis María

LISTA 2: "ABOGADOS POR UNA JUSTICIA INDEPENDIENTE"
Titular: Dr. PIEDECASAS, Miguel Alberto
Suplente: Dr. MALIS, Litman Carlos
Apoderado: Alejo M. Onorati

LISTA 3: "EQUIDAD CON M.A.YO. (Más abogacía y oxigenación)"
Titular: Dr. GRAU, César Antonio
Suplente: Dr. BASAIL, Omar Eduardo
Apoderado: Juan Manuel Costantini

LISTA 4: "PROYECTO REPUBLICANO FEDERAL"
Titular: Dr. ALVARADO VELLOSO, Adolfo
Suplente: Dr. SANCHO EIRAS, Raúl
Apoderado: Daniel Lipovetzky



 ¿Quién es quién en esta elección?

Como adelantara, lamentablemente la política partidaria ha tomado como propia la disputa por el lugar DE LOS ABOGADOS en el Consejo de la Magistratura, contaminando todas las propuestas en pugna, siendo realmente dificultoso encontrar un candidato que sea verdaderamente representativo de la abogacía independiente, en lugar de títere de los aparatos de la política partidaria…

En la lista 1, Andreucci, de La Plata, ex presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, cuenta con el apoyo de sectores del peronismo. Cercano a Julio Alak y Julián Álvarez, su nombre fue uno de los primeros en aparecer (por ejemplo en esta nota de Infojus).

En la lista 2, Piedecasas, de Santa Fe, reconoce su nula trayectoria en política colegial, pero se consolida como el candidato del radicalismo, que logró imponerse en la última elección para este mismo cargo, en la que fue electo Daniel Ostropolsky.
Web de campaña: www.miguelpiedecasas.com.ar

En la lista 3, Grau, de Rosario, es el candidato que recibe el apoyo de La Cámpora. Su suplente, Basail, fue secretario de la Federación Argentina de Colegio de Abogados. Su apoderado, Juan Manuel Costantini, ejerció como vocal quinto en el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Jóvenes Abogados de la FACA.

En la lista 4, Alvarado Velloso, también rosarino y destacado procesalista, cuenta con el respaldo del PRO. Su suplente, el Dr. Raúl Sancho Eiras, colegiado de Zárate-Campana, integra actualmente el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Jóvenes Abogados de la FACA (primera vocalía).

¿Y QUÉ PASÓ CON “LA DOCTA”? : Ningún candidato es de Córdoba. Lo cual es de no creer, siendo Córdoba la segunda provincia (y Córdoba Capital la ciudad) con más abogados en el país, y por lo tanto en el padrón. No obstante, insisto, es la oportunidad de informarnos más sobre los candidatos, y de VOTAR. El viernes 26 de septiembre los jóvenes abogados tenemos la oportunidad de demostrar nuestro compromiso con el sistema republicano. Y si hoy no tenemos un candidato cordobés, nos aseguremos de tenerlo en la próxima vuelta, llenando de votos las urnas locales dando una clara señal al país que desde esta ciudad se puede definir una representación nacional.


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