Nota al Colegio de Abogados de Córdoba solicitando desista de acción judicial contra colega que lanzó app
Queridos colegas, comparto la nota que presenté hoy en el
Colegio. Cabe aclarar que lo expresado lo es a título estrictamente personal y
en condición de abogado independiente. Que no conozco al letrado sancionado ni
formo parte de ninguna lista política, ni oficialista ni opositora. Simplemente
siento el imperativo ético de manifestar públicamente mi oposición a una
decisión que considero errónea. Siendo humanos, somos pasibles de error, por lo
que no pretendo atribuir intencionalidades ni mucho menos afectar con esta
crítica las numerosas actividades positivas que día a día se realizan desde la
institución. Por ello, y con todo el respeto que me merecen todos y cada uno de
los miembros del Directorio actual, les ruego reconsideren la medida, y frente
a la duda se abstengan de avanzar en acciones en contra de un par, que hasta
donde sabemos no ha dañado a nadie, ni se presentó ninguna denuncia en su
contra. Reconocer los errores y enmendarlos es un acto de grandeza. Quien piense
en igual sentido siéntase libre de utilizar la nota o modificarla a su antojo.
Respeto asimismo a quienes piensan distinto, pero ante todo debemos cuidarnos mucho
de soluciones que sean, o parezcan, autoritarias.
Córdoba, 25 de junio de
2018
Al Honorable Directorio
del
Colegio de Abogados de
Córdoba
S/D
SOLICITA DESISTA DE ACCIÓN JUDICIAL CONTRA ABOGADO
DIEGO GORDILLO
Juan Exequiel
Vergara, MP 1-35222, me dirijo al Directorio del Colegio con el objeto de
solicitar reconsidere la decisión que motivó iniciar un proceso judicial en
contra del abogado Diego Gordillo.
Que de la
lectura de la sentencia cuarenta y tres de fecha treinta de mayo de dos mildieciocho del Tribunal de Disciplina, no surge que el letrado hubiera incurrido
en las faltas éticas o al decoro que se le achacan, sino por el contrario, que
dicho Tribunal ha sancionado a un letrado por una actuación de oficio y en base
a argumentos que no reflejan un razonamiento crítico sino más bien la
interpretación personal y arbitraria de cómo deben publicitar sus servicios los
matriculados. Que no se advierte daño a persona alguna ni queja de ningún
colega en particular que hubieran motivado las correspondientes denuncias.
Que las
funciones del Colegio de Abogados en cuanto es guardián del decoro y la ética
de sus miembros debe equilibrarse con aquellas relativas a la protección y
contención de los mismos (“defender los
derechos de sus socios y propender a la obtención de seguridades para el libre
ejercicio de la profesión, conforme a las leyes, peticionando y velando por la
protección de los derechos de los abogados y afianzar su armonía y decoro” art.
32 inc. 4 ley 5.805), especialmente si se trata de abogados en sus primeros
años de ejercicio.
Que iniciar un
proceso judicial en contra de un afiliado debería ser el último recurso, ya que
no corresponde a los magistrados sino a la asamblea de los abogados la
definición de aquellas cuestiones relativas a la publicidad que se realice de
la profesión. Que en función de ello solicito se ratifique o rectifique en
Asamblea (art. 42 inc. 3) el derecho o prohibición de los abogados de realizar
aplicaciones de telefonía para ofrecer sus servicios profesionales.
Que asimismo
la decisión de embarcar al Colegio de Abogados en una acción judicial contra
uno de sus miembros, por cuestiones meramente interpretativas acerca del decoro
en la publicidad de los servicios, debería ser tomada por una Asamblea. Que los
miembros del Directorio que consideren que esta acción debe llevarse a cabo,
pueden hacerlo por derecho propio, y afrontar por sí las costas que pudieran
surgir de una sentencia contraria a sus intereses. Que sin conocer al colega
demandado y sin tener ningún interés directo ni indirecto en el resultado del
pleito, quiero dejar expresa constancia de que considero inapropiado que esta
institución a la que orgullosamente pertenezco inicie un litigio judicial
contra un joven abogado por la única razón de haber lanzado una aplicación para
procurarse clientes que pudieran derivar en potenciales casos de divorcios.
Que el sitio www.justanswer.es
ofrece servicios de “abogados por internet” en Córdoba hace varios años, y
hasta donde conozco no se iniciaron acciones en su contra, pese a tratarse de
una empresa multinacional de recursos económicos de importancia.
Sin otro
particular, saludo atentamente, solicitando remita resolución sobre este pedido,
y la resolución de Directorio en la que se plasmó la decisión de demandar al
colega mencionado, al correo electrónico estudiojuridicovergara@gmail.com.
Bien por salir en defensa del mas debil. Mal el colegio por prejuzgar
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