Nota al Colegio de Abogados de Córdoba solicitando desista de acción judicial contra colega que lanzó app

Queridos colegas, comparto la nota que presenté hoy en el Colegio. Cabe aclarar que lo expresado lo es a título estrictamente personal y en condición de abogado independiente. Que no conozco al letrado sancionado ni formo parte de ninguna lista política, ni oficialista ni opositora. Simplemente siento el imperativo ético de manifestar públicamente mi oposición a una decisión que considero errónea. Siendo humanos, somos pasibles de error, por lo que no pretendo atribuir intencionalidades ni mucho menos afectar con esta crítica las numerosas actividades positivas que día a día se realizan desde la institución. Por ello, y con todo el respeto que me merecen todos y cada uno de los miembros del Directorio actual, les ruego reconsideren la medida, y frente a la duda se abstengan de avanzar en acciones en contra de un par, que hasta donde sabemos no ha dañado a nadie, ni se presentó ninguna denuncia en su contra. Reconocer los errores y enmendarlos es un acto de grandeza. Quien piense en igual sentido siéntase libre de utilizar la nota o modificarla a su antojo. Respeto asimismo a quienes piensan distinto, pero ante todo debemos cuidarnos mucho de soluciones que sean, o parezcan, autoritarias.


Córdoba, 25 de junio de 2018
Al Honorable Directorio del
Colegio de Abogados de Córdoba
S/D

SOLICITA DESISTA DE ACCIÓN JUDICIAL CONTRA ABOGADO DIEGO GORDILLO

Juan Exequiel Vergara, MP 1-35222, me dirijo al Directorio del Colegio con el objeto de solicitar reconsidere la decisión que motivó iniciar un proceso judicial en contra del abogado Diego Gordillo.
Que de la lectura de la sentencia cuarenta y tres de fecha treinta de mayo de dos mildieciocho del Tribunal de Disciplina, no surge que el letrado hubiera incurrido en las faltas éticas o al decoro que se le achacan, sino por el contrario, que dicho Tribunal ha sancionado a un letrado por una actuación de oficio y en base a argumentos que no reflejan un razonamiento crítico sino más bien la interpretación personal y arbitraria de cómo deben publicitar sus servicios los matriculados. Que no se advierte daño a persona alguna ni queja de ningún colega en particular que hubieran motivado las correspondientes denuncias.
Que las funciones del Colegio de Abogados en cuanto es guardián del decoro y la ética de sus miembros debe equilibrarse con aquellas relativas a la protección y contención de los mismos (“defender los derechos de sus socios y propender a la obtención de seguridades para el libre ejercicio de la profesión, conforme a las leyes, peticionando y velando por la protección de los derechos de los abogados y afianzar su armonía y decoro” art. 32 inc. 4 ley 5.805), especialmente si se trata de abogados en sus primeros años de ejercicio.
Que iniciar un proceso judicial en contra de un afiliado debería ser el último recurso, ya que no corresponde a los magistrados sino a la asamblea de los abogados la definición de aquellas cuestiones relativas a la publicidad que se realice de la profesión. Que en función de ello solicito se ratifique o rectifique en Asamblea (art. 42 inc. 3) el derecho o prohibición de los abogados de realizar aplicaciones de telefonía para ofrecer sus servicios profesionales.
Que asimismo la decisión de embarcar al Colegio de Abogados en una acción judicial contra uno de sus miembros, por cuestiones meramente interpretativas acerca del decoro en la publicidad de los servicios, debería ser tomada por una Asamblea. Que los miembros del Directorio que consideren que esta acción debe llevarse a cabo, pueden hacerlo por derecho propio, y afrontar por sí las costas que pudieran surgir de una sentencia contraria a sus intereses. Que sin conocer al colega demandado y sin tener ningún interés directo ni indirecto en el resultado del pleito, quiero dejar expresa constancia de que considero inapropiado que esta institución a la que orgullosamente pertenezco inicie un litigio judicial contra un joven abogado por la única razón de haber lanzado una aplicación para procurarse clientes que pudieran derivar en potenciales casos de divorcios.
Que el sitio www.justanswer.es ofrece servicios de “abogados por internet” en Córdoba hace varios años, y hasta donde conozco no se iniciaron acciones en su contra, pese a tratarse de una empresa multinacional de recursos económicos de importancia.
Sin otro particular, saludo atentamente, solicitando remita resolución sobre este pedido, y la resolución de Directorio en la que se plasmó la decisión de demandar al colega mencionado, al correo electrónico estudiojuridicovergara@gmail.com. 

1 comentario :

  1. Bien por salir en defensa del mas debil. Mal el colegio por prejuzgar

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