Exposición de motivos de la regulación de Subcomisiones


Exposición de Motivos de la Regulación de las Subcomisiones de la Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba:

Habida cuenta de que el Reglamento de la Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba, aprobado por el honorable directorio el día  22 de Noviembre del año 2011, establece que serán objetivos primarios  de esta comisión; el fortalecimiento de los valores que hacen a la ética profesional y a la solidaridad entre los abogados como  asimismo lograr la pronta y efectiva inserción en el medio profesional del novel Abogado, colaborando en ello con el Directorio de la institución en las actividades tendientes a ese fin.                                           
Que en su consecuencia, su artículo 2 señala en forma expresa que serán atribuciones de esta comisión; Organizar en forma conjunta con las salas académicas de la institución cursos de práctica, instrucción o perfeccionamiento en las diversas disciplinas jurídicas. Promover la participación orgánica de los noveles abogados que se incorporen a la comisión, de modo que puedan canalizar su particular realidad, dentro del marco institucional. Procurar y promover el acceso de los jóvenes abogados a fuentes de trabajo en condiciones dignas y de igualdad. Elevar proyectos al directorio sobre la implementación de sistemas de información, asesoramiento, y difusión de temas de interés para jóvenes abogados. Procurar la integración e intercambio con otras comisiones de noveles abogados del país y del exterior; Proponer al directorio proyectos con Universidades y entidades académicas; Propiciar toda otra actividad de interés del joven abogado; Crear sub-comisiones ad hoc para determinados temas de estudio. Promover la integración y fomentar los lazos de solidaridad entre los abogados en general.
      Que en virtud de esto el artículo 13 faculta a la Comisión a designar integrantes de las Subcomisiones creadas o por crearse, sin más requisitos que los necesarios para la toma de decisiones ordinarias, dejando constancia de ello en el libro de actas, subrayando la necesidad de que las conclusiones sobre los temas o proyectos que se gestionen o trabajen en las subcomisiones, deberán ser consensuadas en el seno de la propia comisión.
      Que resulta acorde al espíritu de esta institución propender a desarrollar una administración eficiente, honesta, y expedita, que se corresponda también a optimizar las formas de organización de la propia comisión,  tomando  como base la conjunción armónica de unidad de mando y delegación de funciones que propone su ley marco, para de esta manera  poder dar satisfacción al fin último de esta Comisión que no es otro  que la defensa de los intereses profesionales  de los noveles abogados.
       Que para el cumplimiento de estas premisas se hace necesario contar de manera efectiva con el marco de actuación que regirá y orientara las acciones del organismo, siendo  los propios miembros los que deben  allegarse a través de los mecanismos creados, para lograr que  se concreten las áreas y direcciones que complementan el cuadro básico de organización y sus competencias dentro de la Comisión de jóvenes abogados de Córdoba.
Por todo esto, la Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba en pleno uso de las atribuciones conferidas por su  reglamento decide:


0 comentarios :