Exposición de motivos de la regulación de Subcomisiones
Exposición
de Motivos de la Regulación de las Subcomisiones de la Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba:
Habida
cuenta de que el Reglamento de la
Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba,
aprobado por el honorable directorio el día
22 de Noviembre del año 2011, establece que serán objetivos
primarios de esta comisión; el fortalecimiento de los valores que hacen a la
ética profesional y a la solidaridad entre los abogados como asimismo lograr la pronta y efectiva
inserción en el medio profesional del novel Abogado, colaborando en ello con el
Directorio de la institución en las actividades tendientes a ese fin.
Que en su consecuencia, su artículo 2 señala en
forma expresa que serán atribuciones de esta comisión; Organizar en forma
conjunta con las salas académicas de la institución cursos de práctica,
instrucción o perfeccionamiento en las diversas disciplinas jurídicas. Promover
la participación orgánica de los noveles abogados que se incorporen a la
comisión, de modo que puedan canalizar su particular realidad, dentro del marco
institucional. Procurar y promover el acceso de los jóvenes abogados a fuentes
de trabajo en condiciones dignas y de igualdad. Elevar
proyectos al directorio sobre la implementación de sistemas de información,
asesoramiento, y difusión de temas de interés para jóvenes abogados. Procurar
la integración e intercambio con otras comisiones de noveles abogados del país
y del exterior; Proponer al directorio proyectos con Universidades y entidades
académicas; Propiciar toda otra actividad de interés del joven abogado; Crear sub-comisiones
ad hoc para determinados temas de estudio. Promover la
integración y fomentar los lazos de solidaridad entre los abogados en general.
Que en virtud de esto el artículo 13
faculta a la Comisión
a designar integrantes de las Subcomisiones creadas o por crearse, sin más
requisitos que los necesarios para la toma de decisiones ordinarias, dejando
constancia de ello en el libro de actas, subrayando la necesidad de que las
conclusiones sobre los temas o proyectos que se gestionen o trabajen en las
subcomisiones, deberán ser consensuadas en el seno de la propia comisión.
Que
resulta acorde al espíritu de esta institución propender a desarrollar una administración
eficiente, honesta, y expedita, que se corresponda también a optimizar las
formas de organización de la propia comisión,
tomando como base la conjunción
armónica de unidad de mando y delegación de funciones que propone su ley marco,
para de esta manera poder dar
satisfacción al fin último de esta Comisión que no es otro que la defensa de los intereses
profesionales de los noveles abogados.
Que para el cumplimiento de estas
premisas se hace necesario contar de manera efectiva con el marco de actuación
que regirá y orientara las acciones del organismo, siendo los propios miembros los que deben allegarse a través de los mecanismos creados, para lograr que se concreten las áreas y direcciones que
complementan el cuadro básico de
organización y sus competencias dentro de la Comisión de jóvenes
abogados de Córdoba.
Por todo
esto, la Comisión
de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba en pleno uso de las
atribuciones conferidas por su
reglamento decide:
0 comentarios :